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Tema 10: Departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa: áreas de actuación, funciones y estructura departamental básica.

Texto consolidado oficial: https://egoitza.gipuzkoa.eus/ogasuna/normativa/docs/0001278c.pdf

Artículo 1

Objeto. Es objeto del presente decreto foral la determinación de los departamentos de la Diputación Foral, y de sus áreas de actuación y funciones.

Artículo 2

Departamentos. La Diputación Foral se estructura en los siguientes departamentos: 1. Departamento de Sostenibilidad. 2. Departamento de Cuidados y Políticas Sociales. 3. Departamento de Gobernanza. 4. Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos. 5. Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio. 6. Departamento de Hacienda y Finanzas. 7. Departamento de Infraestructuras Viarias y Estrategia Territorial. 8. Departamento de Equilibrio Territorial Verde. 9. Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes.

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Artículo 3

Orden de precedencia departamental. El orden de precedencia de los departamentos se ajustará a lo establecido en el artículo anterior.

Artículo 4

Diputada General. 1. Para el ejercicio de las funciones que le atribuye la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa y demás disposiciones, la diputada general estará asistida por un Gabinete, y contará con una Secretaría de Asistencia a la Diputada General y una Oficina de Identidad Corporativa y Relaciones Institucionales. 2. Además, gestionará las siguientes áreas de actuación de carácter horizontal: a) Etorkizuna Eraikiz. b) Estrategia y estudios. c) Plan Estratégico de Gestión. d) Comunicación. e) Convivencia y derechos humanos. f) Políticas para la normalización y uso del euskera en la sociedad y en la administración foral. g) Políticas de igualdad. h) Identidad corporativa, institucional y protocolo. i) Asistencia, apoyo y coordinación del centro de referencia Badalab. j) Relaciones con ayuntamientos y otras instituciones. k) Promoción, impulso y coordinación de la innovación de políticas públicas en los departamentos.

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Artículo 5

Distribución de áreas de actuación y funciones. Sin perjuicio de las competencias que atribuye a la diputada general y al Consejo de Gobierno Foral la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, y de las que se asignen a las y los tenientes de diputada general, los departamentos que se han determinado en el

Artículo 6

Departamento de Sostenibilidad. 1. Al Departamento de Sostenibilidad le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Lucha contra el cambio climático. b) Sostenibilidad energética. c) Sostenibilidad y educación y sensibilización ambiental. Agenda 2030. d) Evaluación del impacto ambiental. e) Planificación y desarrollo de la gestión de residuos urbanos y economía circular. f) Actividades clasificadas. g) Desarrollo de la red de abastecimiento y saneamiento del territorio. h) Control de la calidad del agua. i) Gestión integral de playas y litoral. j) En materia de infraestructuras de vías ciclistas: planificación y desarrollo de la Red de Vías Ciclistas Forales y actualización del Catálogo; programación de las inversiones y financiación de todas las obras de vías ciclistas; construcción de las infraestructuras de vías ciclistas no integradas en proyectos de construcción de carreteras o cuando su trazado no sea contiguo a la plataforma de la carretera; deslinde y amojonamiento de las vías ciclistas forales; y en colaboración con el Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio, traspasos de titularidad y promoción del uso de la bicicleta y de las vías ciclistas. k) Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.

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Artículo 7

Departamento de Cuidados y Políticas Sociales. 1. Al Departamento de Cuidados y Políticas Sociales le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Atención a la dependencia. b) Servicios sociales comunitarios. c) Centros asistenciales propios o concertados. d) Atención a la discapacidad. e) Atención a la violencia machista contra las mujeres. f) Políticas activas de empleo. g) Acción comunitaria e inclusión social. h) Menores en desprotección. i) Adopciones. j) Promoción del tercer sector de acción social, asociacionismo y voluntariado sociales. k) Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable. 2. Se adscriben a este departamento los organismos autónomos forales «Fundación Uliazpi» y «Kabia» y la fundación pública foral «Fundación Adinberri Fundazioa».

Artículo 8

Departamento de Gobernanza. 1. Al Departamento de Gobernanza, cuyo titular actuará como secretaria del Consejo de Gobierno Foral, le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) La Secretaría del Consejo de Gobierno Foral.

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Artículo 9

Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos. 1. Al Departamento de Promoción Económica y Proyectos Estratégicos le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Promoción y desarrollo económico. b) Innovación e internacionalización. c) Gestión de proyectos estratégicos del programa Etorkizuna Eraikiz. d) Gestión integral del programa Elkar-EKIN. e) Asistencia, apoyo y coordinación de los siguientes centros de referencia: —«ZIUR Fundazioa». —«Fundación Adinberri Fundazioa».

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Artículo 10

Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio. Al Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Transportes y planificación. b) Promoción del uso de la bicicleta y de las vías ciclistas y traspasos de titularidad de las mismas, en colaboración con el Departamento de Sostenibilidad. c) Turismo. d) Ordenación y cohesión territorial. e) Fomento y supervisión del planeamiento urbanístico. f) Promoción del Territorio y gestión del suelo. g) Construcción y rehabilitación de los edificios de la Diputación Foral de uso administrativo propio. h) La definición de la política y la gestión técnica del patrimonio inmobiliario y mobiliario distinto del patrimonio empresarial.

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Artículo 11

Departamento de Hacienda y Finanzas. Al Departamento de Hacienda y Finanzas le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Administración tributaria. b) Concierto Económico, cupo al Estado y aportaciones a la Comunidad Autónoma y a los municipios del Territorio Histórico. c) Valoración de competencias o servicios objeto de transferencia. d) Gestión de fondos europeos. e) Elaboración, gestión general, seguimiento y control de los Presupuestos Generales del Territorio Histórico. f) Control económico interno y contabilidad. g) Tesorería, endeudamiento, prestación de garantías y relaciones con las entidades financieras. h) Tutela y asesoramiento financiero de las entidades municipales y supramunicipales. i) La definición de la política y la gestión del patrimonio empresarial. j) Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable.

Artículo 12

Departamento de Infraestructuras Viarias. 1. Al Departamento de Infraestructuras Viarias le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Planificación de la Red de Carreteras.

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Artículo 13

Departamento de Equilibrio Territorial Verde. 1. Al Departamento de Equilibrio Territorial Verde le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Agricultura y desarrollo rural. b) Ganadería, montes y medio natural. c) Ordenación y mejora de los recursos forestales. d) Conservación de la naturaleza. e) Protección, conservación y fomento del aprovechamiento de la riqueza cinegética y piscícola. f) Equilibrio territorial.

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Artículo 14

Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes. 1. Al Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes le corresponden las siguientes áreas de actuación y funciones: a) Biblioteca, promoción y difusión cultural. b) Patrimonio histórico-artístico, colecciones y museos. c) Archivos. d) Relaciones con organizaciones del ámbito cultural, deportivo, juvenil y de cooperación del territorio. e) Cooperación. f) Juventud y desarrollo comunitario. Residencias y albergues juveniles. g) Deporte. h) Promoción y racionalización del equipamiento deportivo. i) Federaciones deportivas territoriales y asociacionismo deportivo. j) Las demás facultades que se le atribuyan por la normativa aplicable. 2. Se adscribe a este departamento la fundación pública foral «Kirolgi Fundazioa».

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