Tema 12: Prevención de riesgos laborales: pantallas de visualización de datos.
Trabajo con pantallas de visualización de datos
El Real Decreto 488/1997 establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para puestos con pantallas. La evaluación debe considerar conjuntamente el tiempo diario de uso, la atención exigida y el grado de dependencia de la pantalla. El trabajo diario debe organizarse alternando tareas o mediante pausas cuando sean necesarias. La pantalla ha de ser orientable e inclinable, con imagen estable y caracteres definidos; teclado inclinable e independiente; mesa con superficie suficiente y espacio para una postura cómoda. La iluminación debe evitar deslumbramientos y reflejos. La empresa debe proporcionar vigilancia adecuada de la salud, especialmente ocular y musculoesquelética, formación e información.