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RD 164/2025 — Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI)

Objeto y ámbito

El Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI) regula los requisitos que deben cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial para su seguridad en caso de incendio, con el fin de prevenir su aparición y dar la respuesta adecuada, limitando su propagación y posibilitando la evacuación y la intervención.

Se aplica a los establecimientos industriales (de producción, transformación, almacenamiento o reparación), complementando al CTE, que rige los usos no industriales. La aprobación del Real Decreto 164/2025 actualiza el régimen anteriormente contenido en el RD 2267/2004.

Datos clave

  • RSCIEI: seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
  • Real Decreto 164/2025 (actualiza el anterior RD 2267/2004).
  • Complementa al CTE, que rige los usos no industriales.

Caracterización por la configuración del establecimiento

El reglamento caracteriza los establecimientos industriales, en primer lugar, por su configuración y ubicación respecto de su entorno. De forma característica se distinguen tipos según el establecimiento ocupe un edificio compartido con otros usos o establecimientos (adosados o medianeros) o un edificio independiente, y según el riesgo se desarrolle dentro de un edificio o en espacios abiertos.

Esta caracterización (los clásicos tipos A, B, C para edificaciones y los supuestos de establecimientos al aire libre) condiciona las exigencias, porque no es lo mismo un riesgo confinado y aislado que uno contiguo a otras actividades o edificios.

Datos clave

  • Caracterización por configuración y ubicación: tipos A, B y C (edificaciones) y establecimientos al aire libre.
  • Distingue el riesgo confinado/aislado del contiguo a otras actividades o edificios.

El nivel de riesgo intrínseco

El segundo parámetro fundamental es el nivel de riesgo intrínseco de incendio, que se evalúa para cada sector o área de incendio en función de la carga de fuego (la energía calorífica que pueden liberar los materiales combustibles presentes, ponderada por su peligrosidad) y, en su caso, del riesgo de activación.

A partir del cálculo de la densidad de carga de fuego ponderada y corregida, el establecimiento se clasifica en niveles de riesgo intrínseco bajo, medio o alto (con subniveles). Cuanto mayor es el nivel, más estrictas son las exigencias constructivas y de instalaciones.

La combinación de la configuración y del nivel de riesgo determina las medidas aplicables.

Datos clave

  • Nivel de riesgo intrínseco por sector/área: según la carga de fuego ponderada y corregida (y el riesgo de activación).
  • Niveles: bajo, medio y alto (con subniveles).
  • Configuración + nivel de riesgo → medidas aplicables.

Requisitos constructivos

El reglamento fija requisitos constructivos en función de la configuración y del nivel de riesgo: la ubicación permitida del establecimiento, la superficie máxima de los sectores de incendio, la resistencia al fuego de los elementos estructurales y delimitadores, la estabilidad de la estructura, y la reacción al fuego de los materiales.

Regula también la evacuación de los ocupantes (cálculo de la ocupación, salidas y recorridos, adaptando los criterios al medio industrial) y las condiciones para la ventilación y la eliminación de humos, así como el almacenamiento (en especial el realizado mediante sistemas de estanterías).

Datos clave

  • Requisitos: ubicación permitida, superficie máxima de sectores, resistencia al fuego, estabilidad y reacción al fuego.
  • Evacuación adaptada al medio industrial; ventilación y eliminación de humos; almacenamiento (estanterías).

Instalaciones de protección contra incendios

Por último, el RSCIEI determina las instalaciones de protección contra incendios exigibles a cada establecimiento según su configuración, nivel de riesgo y actividad: sistemas automáticos y manuales de detección y alarma, sistemas de comunicación de alarma, hidrantes exteriores, extintores, bocas de incendio equipadas, columnas secas, sistemas de rociadores automáticos, agua pulverizada, espuma, sistemas por agentes gaseosos, alumbrado de emergencia y señalización.

El diseño, la ejecución y el mantenimiento de estas instalaciones se rigen por el RIPCI. El conjunto busca un nivel de seguridad coherente con la peligrosidad real de la actividad industrial.

Datos clave

  • Instalaciones según configuración, nivel de riesgo y actividad: detección/alarma, hidrantes, extintores, BIE, columna seca, rociadores, agua pulverizada, espuma, gases, alumbrado y señalización.
  • Diseño, ejecución y mantenimiento: por el RIPCI.