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DL 1/2017 — Ley de Gestión de Emergencias (LGE)

Objeto y ámbito

El Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias del País Vasco. Regula la actuación de los poderes públicos vascos en materia de protección de personas, bienes y patrimonio colectivo frente a situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Integra en un mismo marco la prevención de riesgos, la protección civil, la atención de emergencias y la coordinación de los distintos servicios que intervienen. Su ámbito alcanza a las administraciones vascas (autonómica, foral y local) y a los servicios públicos y privados que participan en la gestión de emergencias.

La gestión de emergencias se concibe como un servicio público de carácter esencial.

Datos clave

  • Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril (texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias del País Vasco).
  • Integra prevención de riesgos, protección civil, atención de emergencias y coordinación.
  • Servicio público esencial; alcanza a las administraciones autonómica, foral y local.

Principios, derechos y deberes

La ley se asienta en principios como la planificación, la coordinación y la cooperación interadministrativa, la proporcionalidad de la respuesta, la información a la población y la solidaridad.

Reconoce a la ciudadanía derechos como ser informada de los riesgos que le afectan y de las medidas de autoprotección, y ser atendida en caso de emergencia. Como contrapartida, impone deberes de colaboración: cumplir las medidas de prevención y protección, seguir las instrucciones de las autoridades y, en caso necesario, prestar la colaboración personal que se requiera.

Las autoridades pueden, en situaciones de emergencia, imponer prestaciones personales y requisar temporalmente bienes para hacer frente a la situación, con la correspondiente indemnización cuando proceda.

Datos clave

  • Derechos: ser informado de los riesgos y de las medidas de autoprotección, y ser atendido en la emergencia.
  • Deberes: colaboración, seguir las instrucciones y prestación personal cuando se requiera.
  • Las autoridades pueden imponer prestaciones personales y requisar bienes (con indemnización cuando proceda).

El Sistema Vasco de Atención de Emergencias

La ley vertebra un sistema integrado de servicios. Pieza central es el servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número europeo único 112 (SOS Deiak), que recibe las demandas de la ciudadanía y moviliza y coordina los recursos.

Forman parte del sistema, entre otros, los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento (bomberos), la Ertzaintza y las policías locales, los servicios sanitarios de urgencia y emergencia, y los servicios de las administraciones implicadas, junto con los recursos del voluntariado de protección civil.

La coordinación operativa busca una respuesta rápida, ordenada y eficaz, evitando duplicidades y garantizando el mando único en la intervención.

Datos clave

  • Atención de llamadas de urgencia: número único europeo 112 (SOS Deiak).
  • Integran el sistema: bomberos (SPEIS), Ertzaintza y policías locales, servicios sanitarios de urgencia y voluntariado de protección civil.
  • Principio de mando único en la intervención.

La planificación de emergencias

La planificación es el instrumento preventivo básico. La ley distingue, fundamentalmente, los planes territoriales (que afrontan las emergencias genéricas en un ámbito territorial determinado: el de la Comunidad Autónoma, el LABI, y los de ámbito local) y los planes especiales (que abordan riesgos concretos que requieren una metodología técnica específica: inundaciones, riesgo químico, transporte de mercancías peligrosas, incendios forestales, riesgo sísmico, etc.).

Junto a ellos, los planes de autoprotección corresponden a los titulares de actividades, centros o instalaciones que puedan generar o resultar afectados por situaciones de emergencia.

Los planes se aprueban y homologan por los órganos competentes y deben mantenerse actualizados y probados mediante simulacros.

Datos clave

  • Planes territoriales (genéricos: LABI autonómico y planes locales) y planes especiales (riesgos concretos: inundaciones, químico, mercancías peligrosas, incendios forestales, sísmico).
  • Planes de autoprotección: a cargo de los titulares de actividades, centros e instalaciones.
  • Aprobación/homologación + actualización + simulacros.

Fases de la gestión de emergencias

La gestión de emergencias se desarrolla en un ciclo: la previsión y prevención (identificación y reducción de riesgos), la planificación (preparación de la respuesta), la intervención (actuación coordinada durante la emergencia, con activación de los planes y dirección por la autoridad competente) y la rehabilitación o vuelta a la normalidad (restablecimiento de servicios esenciales y recuperación).

Durante la intervención se aplican mecanismos de dirección y mando, con definición de la persona que dirige el plan, el puesto de mando avanzado y los grupos de acción (intervención, sanitario, de seguridad y logístico).

La ley regula también la declaración formal de las situaciones de emergencia y sus niveles.

Datos clave

  • Ciclo: previsión/prevención → planificación → intervención → rehabilitación (vuelta a la normalidad).
  • Intervención: dirección y mando, puesto de mando avanzado (PMA) y grupos de acción (intervención, sanitario, seguridad, logístico).

Voluntariado y formación

El voluntariado de protección civil colabora altruistamente en la gestión de emergencias, integrándose en las estructuras previstas y bajo la dirección de las autoridades competentes; la ley regula su estatuto, derechos y deberes.

La formación y la selección del personal de emergencias se canalizan, en el ámbito vasco, a través de la academia competente en materia de policía y emergencias (la Academia Vasca de Policía y Emergencias), que también impulsa la investigación, la divulgación de la autoprotección y la cultura preventiva entre la población.

Datos clave

  • Voluntariado de protección civil: colaboración altruista, integrado bajo la dirección de las autoridades.
  • Formación y selección del personal de emergencias: Academia Vasca de Policía y Emergencias.