Manual de riesgos tecnológicos y asistencias técnicas — NRBQ (I)
Sustancias químicas, residuos tóxicos y mercancías peligrosas
En la actualidad existen en el mundo más de nueve millones de sustancias químicas distintas. No todas son peligrosas, pero el conjunto de «mercancías peligrosas» reúne aquellas que, por sus propiedades fisicoquímicas, pueden suponer un riesgo para personas, bienes o el medio ambiente durante su transporte o almacenaje. La cantidad de sustancias supera con creces a las materias peligrosas y, en mayor medida aún, a las mercancías peligrosas propiamente dichas.
En España los residuos tóxicos y peligrosos (RTP) están regulados por la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. Se definen como «materiales sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos contenidos en recipientes que, siendo resultado de un proceso productivo o de consumo, contengan sustancias que representen un riesgo para la salud humana, recursos naturales y medio ambiente». Su etiqueta debe tener dimensiones mínimas de 10 × 10 cm, estar redactada en al menos una lengua oficial del Estado e incluir: el código de identificación de los residuos, nombre, dirección y teléfono del titular, fecha de envasado y pictogramas de peligro (trazados en negro sobre fondo amarillo-naranja): explosivo (E), comburente (O), inflamable (F), fácilmente inflamable (F+), tóxico (T), nocivo (Xn), irritante (Xi) y corrosivo (C).
Asimismo, el productor o gestor que vaya a ceder los residuos debe remitir una notificación de traslado al órgano autonómico competente con al menos diez días de antelación al envío, indicando la cantidad, características y código de identificación de los residuos.
Datos clave
- Ley 20/1986, de 14 de mayo: regula los residuos tóxicos y peligrosos (RTP) en España.
- Etiqueta RTP: mínimo 10 × 10 cm, en lengua oficial del Estado.
- Contenido obligatorio de la etiqueta RTP: código de identificación, titular, fecha de envasado y pictogramas de peligro.
- Pictogramas RTP en negro sobre fondo amarillo-naranja: E (explosivo), O (comburente), F (inflamable), F+ (muy inflamable), T (tóxico), Xn (nocivo), Xi (irritante), C (corrosivo).
- Notificación de traslado de RTP: al menos 10 días antes del envío al órgano autonómico competente.
Clasificación de las mercancías peligrosas según el ADR
El Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) establece la clasificación oficial de estas materias en nueve clases principales, atendiendo al riesgo predominante. Cuando una materia presenta varios riesgos, el ADR la encuadra en aquella categoría que indique el mayor peligro. Las materias tóxicas son las más numerosas en el ADR; el grupo menos numeroso corresponde a las materias infecciosas.
La Clase 1 agrupa materias y objetos explosivos, subdivididos de mayor a menor peligrosidad en 1.1, 1.5, 1.2, 1.3, 1.6 y 1.4 (la menos peligrosa). La Clase 2 comprende los gases (licuados, comprimidos o disueltos), codificados según su composición: A (asfixiante), F (inflamable), O (comburente), T (tóxico), C (corrosivo) y sus combinaciones (TF, TC, TO, TFC, TOC…). La Clase 3 incluye los líquidos inflamables con punto de inflamación ≤ 60 °C, clasificados en tres grupos de embalaje: grupo I (muy peligrosos: ebullición < 35 °C), grupo II (medianamente peligrosos: ebullición > 35 °C y punto de inflamación < 23 °C) y grupo III (poco peligrosos: ebullición > 35 °C y punto de inflamación entre 23 y 60 °C).
Las clases 4.1, 4.2 y 4.3 contemplan sólidos inflamables y materias autorreactivas, materias susceptibles de inflamación espontánea y materias que desprenden gases inflamables al contacto con el agua, respectivamente —con estas últimas no se emplea agua ni para extinguir ni para diluir—. Las clases 5.1 (comburentes) y 5.2 (peróxidos orgánicos: riesgo de ignición y explosión; se distinguen los que precisan regulación de temperatura P2 y los que no P1) pueden producir incendios o explosiones. La Clase 6.1 recoge materias tóxicas (muy tóxicas: grupo I, DL50 oral < 5 mg/kg; tóxicas: grupo II; menos tóxicas: grupo III) y la Clase 6.2 agrupa materias infecciosas. La Clase 7 corresponde a materias radiactivas, reguladas también por la OIEA; el Índice de Transporte (IT) es la intensidad de dosis en µSv/h dividida entre 10. La Clase 8 incluye materias corrosivas y la Clase 9 engloba materias y objetos peligrosos diversos (amianto, pilas de litio, aparatos de salvamento…).
Datos clave
- 9 clases ADR; el ADR sitúa la clase 7 (radiactivos) como la más peligrosa, seguida de explosivos (cl. 1) y gases (cl. 2).
- Clase 3 (líquidos inflamables): grupo embalaje I = ebullición < 35 °C; II = ebullición > 35 °C e inflamación < 23 °C; III = ebullición > 35 °C e inflamación 23–60 °C.
- Clase 4.3: materias que reaccionan con el agua desprendiendo gases inflamables; no usar agua ni para extinguir ni para diluir.
- Clase 6.1 (tóxicas): DL50 oral grupo I < 5 mg/kg; grupo II 5–50 mg/kg; grupo III 50–300 mg/kg.
- Clase 7 (radiactivas): IT = µSv/h ÷ 10; categorías: I blanca (IT < 0,05), II amarilla (0 < IT < 1), III amarilla (1 < IT < 10), Uso exclusivo (IT > 10).
- Clase 5.2 (peróxidos orgánicos): P1 sin regulación de temperatura; P2 con regulación de temperatura.
Recipientes de transporte: bultos, envases y cisternas
El transporte de mercancías peligrosas admite tres modalidades según el ADR: en bultos (recipientes individuales: cajas, bidones, sacos, aerosoles, GRG…), en cisternas (el propio vehículo actúa como envase para gases o líquidos) y a granel (el vehículo transporta sólidos sin envasar). Cada modalidad exige el cumplimiento de obligaciones específicas en cuanto a documentación —carta de porte—, señalización y condiciones de transporte.
Los principales tipos de envase para transporte en bultos son: bidón (cilíndrico, capacidad máx. 400 kg), jerricán o «cuñete» (sección rectangular o poligonal, máx. 60 l o 120 kg), caja (máx. 400 kg o 60 kg si es de plástico expandido), saco (flexible, máx. 50 kg), embalaje compuesto (recipiente interior de plástico, vidrio o porcelana con exterior de metal o cartón, inseparable una vez unido), embalaje metálico ligero (hojalata, pared ≤ 0,5 mm) y aerosol (no recargable; de metal máx. 1.000 ml, de sintético o vidrio máx. 500 ml). El GRG (Gran Recipiente para mercancías a Granel, IBC en inglés) es un embalaje rígido o flexible diseñado para manipulación mecánica: capacidad máx. 3 m³ para sólidos/líquidos de grupos II y III, 1,5 m³ para sólidos de grupo I en GRG flexibles, y 3 m³ en GRG metálicos. Generalmente no se emplea para materias radiactivas de clase 7, infecciosas de clase 6.2 ni gases envasados de clase 2.
Las cisternas se clasifican por su sección (policéntrica, ovalada, circular con fondo semiesférico para mercancías muy peligrosas, o circular con fondo esférico para gases a alta presión), por sus materiales (acero inoxidable para corrosivos y alimentarios; aluminio para el 99% de hidrocarburos y pulverulentos; acero al carbono en desuso) y por su número de compartimentos (con mamparos para líquidos, con rompeolas para gases en depósito único). Los rompeolas ocupan como mínimo el 70% de la sección transversal; los depósitos sin mamparos ni rompeolas deben circular con un grado de llenado > 80% o < 20% para evitar el «efecto ola». Los tipos de cisterna más relevantes son: cisterna fija (capacidad > 1.000 l), cisterna portátil (> 450 l para gases; puede trasladarse con producto en su interior), contenedor cisterna (> 450 l para gases, intermodal), vehículo batería (recipientes fijados permanentemente al vehículo mediante tubería colectora) y CGEM (elementos montados en cuadro, no fijos al vehículo; capacidad total ≤ 3.000 l, o ≤ 1.000 l si transporta gases tóxicos de clase 2).
Datos clave
- Bidón: máx. 400 kg. Jerricán: máx. 60 l o 120 kg. Saco: máx. 50 kg.
- Aerosol: metal máx. 1.000 ml; sintético o vidrio máx. 500 ml; presiones > 6,3 bar posibles en rotura.
- GRG (IBC): máx. 3 m³ para grupos II-III; 1,5 m³ para grupo I en GRG flexibles; no para clase 7, 6.2 ni 2.
- Botellas de butano: 26 l; tensión de vapor del butano comercial a 20 °C ≈ 3 atm absolutas; del propano ≈ 8,5 atm.
- Bloques de botellas: capacidad total ≤ 3.000 l (≤ 1.000 l si transporta gases tóxicos de clase 2).
- Cisterna fija: > 1.000 l. Cisterna portátil: > 450 l para gases; trasladable con producto.
- CGEM: capacidad ≤ 3.000 l (≤ 1.000 l para gases tóxicos).
- Rompeolas: cubren ≥ 70% de la sección; evitan el efecto ola; depósitos sin ellos circulan > 80% o < 20% llenos.
- Código de cisterna ADR: 1.ª letra = estado materia (L/S/C/P/R); 2.ª = presión de cálculo; 3.ª = ubicación aberturas (A/B/C/D); 4.ª = válvulas de seguridad (V/F/N/H).
Rotura de recipientes: sobrepresión, BLEVE y proyección de fragmentos
El estallido de recipientes que contienen mercancías peligrosas es uno de los mayores peligros en una intervención. Las causas de sobrepresión se clasifican en: incendio externo (requiere el mayor caudal de alivio, ya que el calor aporta gran energía por transferencia), efectos ambientales (radiación solar, cambios de temperatura y presión), actuaciones incorrectas (cierre inadvertido de conducción de salida, apertura de válvula de entrada, dosificación inadecuada, purgado a destiempo…) y fallos de instrumentación o de válvulas de control. Las razones de rotura incluyen debilidad estructural (corrosión, erosión, fatiga, defectos de los materiales), impactos externos y aumento de presión por múltiples causas (sobrellenado, reacción fuera de control, explosión interna…).
Cuando se produce el estallido, la energía del fluido genera proyectiles y una onda de presión. Adicionalmente pueden producirse una bola de fuego, una explosión de nube de vapor (UVCE), un incendio flash o una nube tóxica, dependiendo de las propiedades del producto. En el caso de gases licuados a presión sometidos a calor externo puede producirse el fenómeno BLEVE (Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion), con vaporización súbita y proyección de fragmentos a grandes distancias. Las roturas de recipientes se dividen en dúctiles (las más habituales, pocos fragmentos grandes, elevado potencial de daño) y frágiles (muchos fragmentos pequeños).
Los depósitos cilíndricos o cisternas —los más usados en España— generan una media de 2,7 fragmentos en el 75% de los estallidos, con rotura inicial frecuente en dirección axial. Los recipientes esféricos producen normalmente entre 3 y 19 fragmentos, siendo los valores más frecuentes 8-10. Los fragmentos primarios proceden de la rotura del propio recipiente; los secundarios son consecuencia de las ondas de presión sobre estructuras o equipos adyacentes. Las distancias alcanzadas pueden ser muy elevadas (por ejemplo, en el accidente de Los Alfaques —cisterna de 45 m³ de propileno— se registró un alcance de 300 m; en casos con esferas de propano licuado, hasta 600-800 m para fragmentos pequeños).
Datos clave
- BLEVE: vaporización explosiva de gas licuado sometido a calor externo; genera onda de presión y proyectiles a gran distancia.
- Causas principales de sobrepresión: incendio externo (mayor caudal de alivio), efectos ambientales, actuaciones incorrectas, fallos de instrumentación y de válvulas.
- Rotura dúctil: pocos fragmentos grandes (alta energía por fragmento); rotura frágil: muchos fragmentos pequeños.
- Recipiente esférico: media de 8-10 fragmentos; hasta 19 en casos extremos; alcance registrado hasta 840 m (esfera de etileno, Beijing).
- Recipiente cilíndrico: media de 2,7 fragmentos en el 75% de los estallidos; alcance registrado hasta 700 m (propano licuado).
- Zonas de Planificación: deben establecerse identificando previamente las variables de sobrepresión, impulso y alcance de los fragmentos.
Reconocimiento e identificación: panel naranja, NIP, número ONU y etiquetado
En toda intervención con mercancías peligrosas resulta fundamental la identificación precoz de los materiales involucrados desde la distancia. El sistema de marcación ONU se articula en cuatro reglamentos según la vía de transporte: ADR (carretera), RID (ferrocarril), IMO-IMDG (marítimo) e IATA-OACI (aéreo). La normativa obliga a las industrias a identificar y señalizar las sustancias peligrosas, indicar su cantidad e implantar medidas preventivas.
El panel naranja es el principal elemento visual: retroreflectante, rectangular (base 40 cm × altura 30 cm) con ribete negro de 1,5 cm. En la parte superior figura el Número de Identificación de Peligro (NIP o código Kemler), formado por dos o tres dígitos: 1 = emanación de gases, 2 = inflamabilidad de líquidos o gases, 3 = inflamabilidad de sólidos, 4 = comburente, 5 = toxicidad o infección, 6 = radiactividad, 7 = corrosividad, 8 = reacción violenta espontánea. La duplicación de un dígito intensifica ese peligro (ej.: 33 = líquido muy inflamable). Si el NIP va precedido de la letra «X», la materia reacciona peligrosamente con el agua (el agua solo puede emplearse por expertos). En la parte inferior figura el número ONU, código de cuatro dígitos que identifica unívocamente la sustancia en todos los países (ej.: gasolina UN 1203, butano UN 1011, cloro UN 1017, ácido clorhídrico UN 1789, ácido sulfúrico UN 1830). Los paneles deben resistir al menos 15 minutos de incendio cuando la materia es inflamable.
Además del panel naranja, los bultos portan etiquetas de peligro (cuadrado sobre vértice, mínimo 10 × 10 cm, una por tipo de peligro colocadas juntas). Las unidades de transporte (contenedores, cisternas) llevan placas-etiqueta de dimensiones mínimas 25 × 25 cm. Otros sistemas de identificación complementarios son: el rombo NFPA 704 (azul = salud 0-4, rojo = inflamabilidad 0-4, amarillo = reactividad 0-4, blanco = avisos especiales), el código HAZCHEM (número del agente extintor 1-4 y letras de protección personal), y el Reglamento CLP (CE 1272/2008) con pictogramas en rombo negro sobre fondo blanco con borde rojo. Para botellas de gases industriales, la norma UNE-EN 1089-3 establece el color de la ojiva: blanco = oxígeno, negro = nitrógeno, rojo = hidrógeno, gris = CO₂, azul = óxido nitroso, marrón = helio; los gases inertes pasan a verde intenso y los tóxicos/corrosivos a amarillo en el nuevo código europeo.
Datos clave
- Panel naranja: 40 × 30 cm, ribete negro 1,5 cm, retroreflectante; resiste 15 min de incendio si la materia es inflamable.
- NIP arriba / número ONU abajo del panel naranja.
- Letra «X» delante del NIP = reacciona peligrosamente con el agua.
- Duplicación de cifra en NIP = intensificación del peligro (ej.: 33 = muy inflamable; 55 = muy tóxico u oxidante).
- NIP especiales normalizados: 22 = gas licuado refrigerado asfixiante; 333 = líquido pirofórico; 539 = peróxido orgánico inflamable; 606 = materia infecciosa; 90 = peligroso para el medio ambiente.
- Número ONU: 4 dígitos; letras «UN» + cifras de ≥ 12 mm en bultos (6 mm si ≤ 30 l o 30 kg).
- Etiqueta en bultos: cuadrado sobre vértice, ≥ 10 × 10 cm; varias si hay varios peligros.
- Placas-etiqueta en cisterna/contenedor: ≥ 25 × 25 cm.
- Colores DIN 2403 para tuberías: rojo = inflamable, amarillo = oxidante, verde = gas no inflamable, naranja = explosivo, azul = reactivo al agua.
- Ojiva botellas UNE-EN 1089-3: blanco = O₂, negro = N₂, rojo = H₂, gris = CO₂, azul = N₂O, marrón = He; tóxicos/corrosivos = amarillo; inertes = verde intenso (nuevo código europeo).