Resolución 8/2022 de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria. Especificación técnica de circulación. Cartelones adicionales al RCF
Presentación y objeto de la ETC CAR
La Resolución 8/2022, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), aprueba la versión 2.0 de la Especificación Técnica de Circulación «Cartelones adicionales a los incluidos en el Reglamento de Circulación Ferroviaria» [ETC CAR], con fecha de versión 15/11/2022. La resolución está firmada en Madrid, en noviembre de 2022, por el Director de la AESF, Pedro M. Lekuona García.
El Reglamento de Circulación Ferroviaria (RCF), aprobado por el Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, adopta una normativa única para la circulación ferroviaria sobre la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG) en condiciones de seguridad. Su Libro Primero, Capítulo 2, clasifica los documentos reglamentarios que pueden elaborar los distintos actores del sector, y atribuye a la AESF la competencia para elaborar Especificaciones Técnicas de Circulación (ETC), con las que se establecen requisitos y condiciones de seguridad para la infraestructura, el material rodante y la operación, en materias no reguladas expresamente por las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad ni por otras normas europeas. El Libro Segundo del RCF, por su parte, describe las señales ferroviarias de aplicación general en la RFIG.
Según el epígrafe 1.1 (Objeto), la ETC CAR tiene por objeto establecer las prescripciones de circulación y las características técnicas aplicables a las señales ferroviarias tipo cartelón NO incluidas en el vigente RCF (apartado 1.1.1.1). Estas señales se crean para dar respuesta inmediata a una necesidad operacional inaplazable que no puede esperar a los plazos habituales de tramitación de una modificación del RCF (apartado 1.1.1.2). La ETC complementa y desarrolla lo previsto por el artículo 2.1.3.13 «Cartelones» del Libro Segundo «Señales Ferroviarias» del RCF (apartado 1.1.1.3).
La inclusión de un cartelón en la ETC CAR tiene carácter transitorio: se mantiene hasta la siguiente actualización del RCF y, en su caso, del Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria (COSCF), momento en el que se valorará su incorporación definitiva al RCF o su retirada de la RFIG, si ha desaparecido el fin que motivó su instalación, dado su carácter provisional (apartado 1.1.1.4).
El apartado 1.1.1.5 recuerda que, según la disposición adicional primera del Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, los administradores de infraestructura (AAII) y las empresas ferroviarias (EEFF) pueden solicitar a la AESF que promueva modificaciones del sistema de señalización, como la adición de nuevas señales o la sustitución de las existentes, cuando lo aconsejen los cambios tecnológicos, la experiencia acumulada o las circunstancias de explotación de la RFIG.
Ámbito de aplicación
El epígrafe 1.2 de la ETC CAR distingue tres ámbitos de aplicación.
Ámbito geográfico (apartado 1.2.1.1): la ETC CAR se aplica en toda la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG), tal como esta se define en el artículo 4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
Ámbito subjetivo (apartado 1.2.2.1): están sujetos a la ETC CAR los administradores de infraestructura (AAII) que gestionan la RFIG y las empresas ferroviarias (EEFF) que operan en dicha red, conforme a la definición del artículo 48 de la Ley 38/2015.
Ámbito técnico (apartado 1.2.3.1): la ETC CAR se aplica al subconjunto de cartelones adicionales a los previstos por el RCF que forman parte del subsistema estructural de control-mando y señalización (CMS).
Esta triple delimitación importa para el examen porque, dentro del catálogo de cartelones regulados por la ETC CAR, no todos comparten el mismo ámbito de aplicación territorial: mientras la mayoría se aplican en toda la RFIG, el cartelón FI15AN (Fin de PN) se limita expresamente a la red de ancho métrico (RAM), según se detalla en el anexo 2.1 de la propia especificación.
Definiciones, abreviaturas y referencias normativas
El epígrafe 1.3 explica que el documento se estructura en dos bloques: una introducción (objeto, ámbito de aplicación, estructura, abreviaturas y referencias) y unos anexos con las prescripciones de circulación y las características técnicas de detalle de los cartelones (apartados 1.3.1.1 y 1.3.1.2).
El epígrafe 1.4 recoge las definiciones y abreviaturas siguientes:
- AAII: administradores de infraestructuras, responsables de la explotación, el mantenimiento, la renovación y el desarrollo de las infraestructuras ferroviarias de una red.
- AESF: Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
- ASFA: Anuncio de Señales y Frenado Automático, sistema de protección puntual en el que la transmisión de información de la vía al vehículo se realiza mediante balizas pasivas que emiten un pulso de radiación electromagnética al paso del captador situado bajo el bastidor de los vehículos.
- Baliza: elemento del sistema ASFA instalado en la vía que transmite información puntual de la vía al tren.
- CMS: subsistema de control-mando y señalización.
- COSCF: Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria.
- Cruces entre andenes: intersecciones al mismo nivel entre un ferrocarril y los itinerarios dispuestos en estaciones y apeaderos para el acceso peatonal a los andenes. No se consideran cruces entre andenes los de uso exclusivo de la actividad ferroviaria o de los servicios de emergencia (art. 60 del RD 929/2020), los situados en tramos con explotación tranviaria, ni los ubicados en estaciones o apeaderos sin uso comercial de viajeros.
- EEFF: empresas ferroviarias, titulares de una licencia que prestan transporte de viajeros o mercancías por ferrocarril y que, en todo caso, deben aportar la tracción.
- ETC: Especificación Técnica de Circulación, documentación competencia de la AESF en el ámbito del RCF.
- PN: Paso a Nivel, intersección entre una vía férrea y un camino o carretera en la que el tráfico ferroviario tiene preferencia.
- RAM: red de ancho métrico.
- RCF: Reglamento de Circulación Ferroviaria, aprobado por el Real Decreto 664/2015, de 17 de julio.
- RFIG: Red Ferroviaria de Interés General.
- Subsistemas: partes estructurales o funcionales del sistema ferroviario de la Unión, según el anexo II de la Directiva (UE) 2016/797.
El epígrafe 1.5 recoge las referencias normativas de la ETC CAR: [L1] Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario; [L2] Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias; [L3] Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el RCF; y [L4] Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria en la RFIG.
Cartelón FI15AN — Fin de PN
El anexo 2.1 de la ETC CAR regula el cartelón FI15AN, denominado «Fin de PN». Se trata de una señal que INDICA el punto donde finaliza el Paso a Nivel (PN) o el grupo de PN asociados a una misma señal de PN.
Su ámbito de aplicación está restringido: a diferencia de la mayoría de los cartelones de esta ETC, el FI15AN se aplica SOLO en la red de ancho métrico (RAM).
Según las notas del anexo 2.1, el cartelón se instala una vez que el vehículo de cabeza ha rebasado el PN, o el último PN del grupo. Su objeto es permitir la liberación de la curva de control de velocidad asociada al PN en el sistema ASFA. El FI15AN está dotado de baliza ASFA asociada.
La ficha de características físicas del anexo 2.2 lo describe como señal fija indicadora: 1 placa rectangular de indicación fija, con fondo negro e inscripciones en blanco retrorreflectante clase RA1. Su denominación oficial es «FIN DE PASO O PASOS A NIVEL».
Cartelón FI15AÑ — Cruce entre andenes
El cartelón FI15AÑ, denominado «Cruce entre andenes», INDICA la proximidad de un cruce entre andenes, según la definición recogida en el epígrafe 1.4.1.7 (intersección al mismo nivel entre un ferrocarril y los itinerarios dispuestos en estaciones y apeaderos para el acceso peatonal a los andenes).
Su ámbito de aplicación es la RFIG completa.
Según las notas del anexo 2.1, este cartelón se instala bajo la señal de «Silbar» (FI15A), a una distancia del cruce entre andenes de entre 1,0 y 1,4 veces la distancia de visibilidad técnica, sin superar nunca los 500 metros. Esta regla de distancia coincide con la aplicada a la propia señal FI15A.
La ficha de características físicas lo describe como señal fija indicadora: 1 placa cuadrada de indicación fija, con fondo azul e inscripciones en blanco, todo retrorreflectante clase RA1. Su denominación oficial es «CRUCE ENTRE ANDENES». Este cartelón es una de las novedades incorporadas al anexo 2.1 en la versión 2.0 de la ETC CAR (15/11/2022), que no existía en la versión 1.0 de 2021.
Cartelón FI15AO — Cambio a modo ASFA CONV
El cartelón FI15AO, denominado «Cambio a modo ASFA CONV», ORDENA seleccionar el modo CONV en el equipo ASFA embarcado.
El anexo 2.1 precisa que la falta del cartelón no exime al maquinista de realizar el cambio de modo: si no está presente la señal, el maquinista deberá realizar igualmente la transición de modo según lo previsto en el libro de itinerarios del maquinista.
Su ámbito de aplicación es la RFIG. El FI15AO está dotado de balizas ASFA asociadas. Además, este cartelón sustituye a la señal FI15AF, que pasa a estar regulada por una Especificación Transitoria, de aplicación temporal hasta su desaparición definitiva.
La Resolución 8/2022 contiene una previsión específica de transitoriedad para este cartelón (apartado Cuarto de la parte dispositiva): la implantación de las balizas asociadas a la señal FI15AO se hará dentro del plan previsto para el despliegue del sistema ASFA digital.
La ficha de características físicas la describe como señal fija indicadora: 1 placa rectangular de indicación fija, con fondo azul e inscripciones en blanco, todo retrorreflectante clase RA1. Su denominación oficial es «CAMBIO A MODO ASFA CONV».
Cartelón FI15AP — Cambio a modo ASFA AV
El cartelón FI15AP, denominado «Cambio a modo ASFA AV», ORDENA seleccionar el modo AV en el equipo ASFA embarcado.
Igual que ocurre con el FI15AO, el anexo 2.1 precisa que la falta del cartelón no exime de realizar el cambio de modo en el equipo ASFA embarcado: el maquinista realizará la transición según lo previsto en el libro de itinerarios del maquinista.
Su ámbito de aplicación es la RFIG. El FI15AP también sustituye a la señal FI15AF, que pasa a Especificación Transitoria para su aplicación temporal hasta su desaparición definitiva.
Conviene distinguir con precisión el FI15AO del FI15AP para el examen: ambos sustituyen a la FI15AF y ambos ordenan seleccionar un modo del equipo ASFA embarcado (CONV en un caso, AV en el otro), pero el anexo 2.1 solo menciona expresamente que el FI15AO está dotado de balizas ASFA asociadas; esta mención no figura en la nota del FI15AP.
La ficha de características físicas describe el FI15AP como señal fija indicadora: 1 placa rectangular de indicación fija, con fondo azul e inscripciones en blanco, todo retrorreflectante clase RA1. Su denominación oficial es «CAMBIO A MODO ASFA AV».
Cartelones FI15AQ y FI15AR — Inicio y fin de LZB
La versión 2.0 de la ETC CAR incorpora al anexo 2.1 los cartelones FI15AQ y FI15AR, referidos al sistema LZB, uno de los sistemas de control de la velocidad de los trenes.
El cartelón FI15AQ, denominado «Inicio de LZB», INDICA el punto de inicio del sistema LZB. Su ámbito de aplicación es la RFIG.
El cartelón FI15AR, denominado «Fin de LZB», INDICA el punto de fin del sistema LZB. Su ámbito de aplicación es también la RFIG.
El anexo 2.1 no recoge notas adicionales de instalación para ninguno de los dos cartelones.
Las fichas de características físicas del anexo 2.2 describen a ambos como señales fijas indicadoras, con 1 placa rectangular de indicación fija, fondo negro e inscripciones en blanco retrorreflectante clase RA1. La denominación oficial del FI15AQ es «INICIO DE SISTEMA LZB», y la del FI15AR es «FIN DE SISTEMA LZB». Comparten, por tanto, el mismo diseño físico que el FI15AN (fondo negro, letras blancas), frente al fondo azul de los cartelones de cambio de modo ASFA (FI15AO y FI15AP) y del cruce entre andenes (FI15AÑ).
Cartelón FI15A/FI15Abis — Silbar
El cartelón FI15A, denominado «Silbar», tiene dos aspectos posibles regulados en el anexo 2.1: el aspecto FI15A, en placa fija, y el aspecto FI15Abis, que corresponde a la misma señal FI15A con la banda diagonal luminosa encendida.
ORDENA lo siguiente, según el aspecto que presente:
- Aspecto FI15A: dar el silbido de atención.
- Aspecto FI15Abis: circular normalmente, si nada se opone, por carecer de significado.
El cartelón puede llevar una leyenda o señal indicadora de la causa de su instalación (por ejemplo, personal de infraestructura en la vía, un PN, un cruce entre andenes) o limitando los escenarios en los que aplica (por ejemplo, baja visibilidad o niebla). Durante los periodos en los que no exista la causa por la que se instaló, la señal será retirada, o tapada, o mostrará el aspecto FI15Abis, según el caso: el aspecto FI15Abis equivale, por tanto, al tapado o a la retirada de la señal.
Su ámbito de aplicación es la RFIG. La novedad de la versión 2.0 de la ETC CAR consiste precisamente en introducir la posibilidad de añadir a la señal FI15A una banda diagonal luminosa, dotándola de este nuevo aspecto (FI15Abis) que permite anular temporalmente la orden preexistente de la señal, sin necesidad de retirarla físicamente.
Las reglas de instalación del anexo 2.1 distinguen dos supuestos de distancia: con carácter general, el cartelón se instala a una distancia del punto que motiva su instalación de entre 1,0 y 1,4 veces la distancia de visibilidad técnica, sin superar nunca los 500 metros; pero si la instalación está motivada por la presencia de personal trabajando en la vía o en sus inmediaciones, la distancia de visibilidad técnica que se toma como referencia es de 5,5 veces la velocidad máxima permitida del tren a la altura del punto afectado, expresada en km/h.
La ficha de características físicas del anexo 2.2 lo clasifica como señal fija indicadora con eventual banda luminosa: 1 placa rectangular de indicación fija, con o sin 1 panel luminoso en forma de banda diagonal. La placa tiene fondo negro y letra blanca retrorreflectante clase RA1; el panel de la banda eventual es azul. Su denominación oficial es «SILBAR», y corresponde a la Ficha 62 del COSCF, cuya definición fue revisada y ampliada en esta versión 2.0 de la ETC CAR.
Cartelón FI14B — Parada para la tracción eléctrica
El anexo 2.2 de la ETC CAR incluye la ficha de características físicas del cartelón FI14B, denominado «PARADA PARA LA TRACCIÓN ELÉCTRICA PARA EL ITINERARIO ORIENTADO EN LA DIRECCIÓN DE LA FLECHA».
A diferencia de los cartelones de la familia FI15, el FI14B no figura en la tabla resumen del anexo 2.1 (relación y características de los cartelones); su regulación se limita a la ficha de características físicas del anexo 2.2, que forma parte de las fichas adicionales a las del COSCF incorporadas en la versión 2.0 de la ETC CAR.
Se clasifica como señal fija indicadora, con 1 placa según esquema. El color es fondo blanco, con los triángulos y la flecha en azul, todo reflectante clase RA1.
La observación de la ficha precisa que la flecha estará orientada en posición vertical, hacia la derecha o hacia la izquierda, en función del itinerario para el que se ordene la parada a la tracción eléctrica. Esta señal corresponde a la Ficha 51 del COSCF, cuya definición fue revisada en esta versión 2.0 de la ETC CAR para mejorarla.
Historial de versiones y derogación de la Resolución 4/2021
La ETC CAR tiene dos versiones. La versión 1.0, primera edición del documento, se aprobó mediante la Resolución 4/2021 de la AESF, en octubre de 2021 (fecha de la ficha: 22/10/2021).
La versión 2.0, de fecha 15/11/2022, se aprueba mediante la Resolución 8/2022, objeto de este tema. Según el historial de versiones del documento, las novedades de la versión 2.0 respecto de la 1.0 son: la adaptación del anexo 2.1, con la inclusión de los nuevos cartelones «Cruce entre andenes» (FI15AÑ), «Cambios de modo ASFA» (FI15AO y FI15AP), «Inicio y fin de LZB» (FI15AQ y FI15AR), y un nuevo aspecto luminoso de la señal «Silbar» (FI15Abis); un nuevo anexo 2.2, con fichas adicionales a las del COSCF; y la revisión de las fichas 51 (FI14B) y 62 (FI15A/FI15Abis) del COSCF, para mejorar y ampliar, respectivamente, su definición.
Durante la tramitación de esta versión 2.0 se dio audiencia a los administradores de infraestructuras, empresas ferroviarias y otras entidades del sector, conforme al artículo 65.2 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario.
La resolución surte efectos el día siguiente al de su publicación en la web de la AESF (apartado Tercero de la parte dispositiva). Con su entrada en vigor queda sin efecto la Resolución 4/2021, que había aprobado la versión 1.0 (apartado Cuarto de la parte dispositiva; el texto de la resolución numera dos apartados distintos como «Cuarto» —el de transitoriedad de la señal FI15AO y el de derogación—, sin que exista un apartado «Quinto»).
Este historial es relevante porque explica el diseño transitorio de la ETC CAR: los cartelones que regula pueden pasar en el futuro al RCF o al COSCF, o ser retirados de la RFIG si desaparece la causa que motivó su instalación, dado que se trata en todos los casos de instalaciones de carácter provisional.
Datos clave
- La ETC CAR (Resolución 8/2022 de la AESF) aprueba la versión 2.0, de 15/11/2022; deroga la Resolución 4/2021, que aprobó la versión 1.0, de 22/10/2021.
- Desarrolla el artículo 2.1.3.13 «Cartelones» del Libro Segundo «Señales Ferroviarias» del RCF, aprobado por el Real Decreto 664/2015, de 17 de julio.
- Ámbito geográfico: toda la RFIG (art. 4 Ley 38/2015). Ámbito técnico: cartelones adicionales al RCF, dentro del subsistema CMS.
- FI15AN «Fin de PN»: INDICA el fin del PN o grupo de PN; único cartelón con ámbito SOLO RAM; lleva baliza ASFA asociada.
- FI15AÑ «Cruce entre andenes»: INDICA la proximidad de un cruce entre andenes; se instala bajo la señal Silbar, a 1,0-1,4 veces la distancia de visibilidad técnica, máximo 500 m; ámbito RFIG.
- FI15AO «Cambio a modo ASFA CONV»: ORDENA seleccionar el modo CONV; dotado de balizas ASFA asociadas; sustituye a la FI15AF; sus balizas se implantan dentro del plan de despliegue del ASFA digital.
- FI15AP «Cambio a modo ASFA AV»: ORDENA seleccionar el modo AV; también sustituye a la FI15AF, pero sin mención de balizas asociadas propias.
- FI15AQ «Inicio de LZB» y FI15AR «Fin de LZB»: INDICAN, respectivamente, el inicio y el fin del sistema LZB; ámbito RFIG; placa de fondo negro.
- FI15A «Silbar»: ORDENA dar el silbido de atención; el aspecto FI15Abis (banda diagonal luminosa encendida) anula la orden y equivale al tapado o retirada de la señal; corresponde a la Ficha 62 del COSCF.
- Distancias de instalación de FI15AÑ y FI15A: entre 1,0 y 1,4 veces la distancia de visibilidad técnica, sin superar 500 m; si la causa es personal trabajando en la vía, la distancia de visibilidad técnica es 5,5 veces la velocidad máxima del tren, en km/h.
- FI14B «Parada para la tracción eléctrica»: placa blanca con triángulos y flecha azules, orientable según el itinerario; corresponde a la Ficha 51 del COSCF; no figura en la tabla del anexo 2.1.
- Referencias legales de la ETC CAR: Ley 38/2015 (sector ferroviario), Real Decreto 929/2020 (seguridad operacional e interoperabilidad), Real Decreto 664/2015 (RCF), Orden FOM/2015/2016 (COSCF).
- COSCF: Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria, aprobado por la Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre.
- La resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en la web de la AESF; los cartelones tienen carácter provisional hasta su incorporación al RCF/COSCF o su retirada definitiva.