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Tema 8 — La Dirección General de la Policía. La Policía Nacional

La Dirección General de la Policía: naturaleza y funciones

La Dirección General de la Policía (DGP) es el órgano directivo del Ministerio del Interior responsable de la organización, el mando y la gestión del Cuerpo Nacional de Policía. Depende orgánicamente de la Secretaría de Estado de Seguridad y su titular, el Director General de la Policía, tiene rango de Alto Cargo y es nombrado por Real Decreto del Consejo de Ministros.

El Director General ejerce el mando superior del Cuerpo Nacional de Policía, dirige e impulsa las actividades policiales, vela por el cumplimiento de la legalidad y garantiza los derechos y libertades de los ciudadanos. Asimismo, coordina las actuaciones del cuerpo con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto nacionales como internacionales.

La DGP también gestiona los recursos humanos, materiales y tecnológicos del cuerpo, propone las plantillas de personal, las convocatorias de ingreso y promoción, y el régimen disciplinario, actuando como máxima instancia administrativa en la gestión del personal del Cuerpo Nacional de Policía.

Datos clave

  • La DGP depende de la Secretaría de Estado de Seguridad
  • El Director General es nombrado por Real Decreto del Consejo de Ministros
  • Tiene rango de Alto Cargo
  • Ejerce el mando superior del Cuerpo Nacional de Policía
  • Gestiona RRHH, medios materiales y tecnológicos del cuerpo
  • Coordina con Guardia Civil y Fuerzas policiales internacionales

La estructura central de la Policía Nacional

La estructura central del Cuerpo Nacional de Policía está integrada por las unidades y órganos centrales con sede en Madrid que desarrollan las funciones de planificación, coordinación, apoyo operativo y especialización en los distintos ámbitos de la actividad policial.

Los principales órganos centrales son la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, la Comisaría General de Policía Judicial, la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, la Comisaría General de Información y la Comisaría General de Policía Científica. Cada Comisaría General está al mando de un Comisario General y agrupa a las unidades especializadas en su ámbito.

Existen también unidades transversales de apoyo: la División de Personal, la División Económica y Técnica, la División de Formación y Perfeccionamiento y el Servicio de Asuntos Internos, que vela por la integridad y el correcto comportamiento de los miembros del cuerpo.

Datos clave

  • Comisaría General de Seguridad Ciudadana: orden público y seguridad
  • Comisaría General de Policía Judicial: investigación criminal
  • Comisaría General de Extranjería y Fronteras: control migratorio y fronteras
  • Comisaría General de Información: inteligencia e información policial
  • Comisaría General de Policía Científica: criminalística y análisis forense
  • El Servicio de Asuntos Internos investiga las conductas irregulares de los policías

La estructura periférica de la Policía Nacional

La estructura periférica del Cuerpo Nacional de Policía permite el despliegue de sus efectivos en todo el territorio nacional, garantizando la prestación del servicio policial a los ciudadanos. La unidad básica de la organización periférica es la Comisaría Provincial, presente en todas las capitales de provincia, dependiente de la Jefatura Superior de Policía de la Comunidad Autónoma.

Las Jefaturas Superiores de Policía son los órganos de mando en el ámbito de cada Comunidad Autónoma, y están al frente de ellas un Comisario Superior. Las Comisarías de Distrito en las grandes ciudades y las Comisarías Locales en los municipios de mayor población completan la red territorial del cuerpo.

En algunos municipios con escasa o nula presencia policial, la Policía Nacional puede contar con Puestos o Equipos de atención ciudadana. La organización periférica se adapta a las necesidades de seguridad del territorio, distribuyendo los efectivos en función de la demografía, la conflictividad y las peculiaridades de cada zona.

Datos clave

  • Jefaturas Superiores de Policía: ámbito de CCAA, al mando de un Comisario Superior
  • Comisarías Provinciales: en todas las capitales de provincia
  • Comisarías de Distrito: en grandes ciudades
  • Comisarías Locales: en municipios de mayor población
  • La organización periférica depende orgánicamente de la DGP
  • Los efectivos se distribuyen según demografía y necesidades de seguridad

Las escalas del Cuerpo Nacional de Policía

El Cuerpo Nacional de Policía está organizado en cuatro escalas, que establecen la estructura jerárquica y de carrera del cuerpo. La Escala Superior es la más elevada y agrupa a los miembros del cuerpo con mayor nivel de mando y responsabilidad. La Escala Ejecutiva integra a los inspectores e inspectores jefe, responsables directos de la conducción operativa de las unidades policiales.

La Escala de Subinspección está constituida por los Subinspectores, que ejercen funciones de apoyo al mando y supervisión de las unidades básicas. La Escala Básica es la más numerosa del cuerpo, integrada por los funcionarios que realizan las tareas policiales de primera línea: vigilancia, seguridad ciudadana, investigación básica y atención al ciudadano.

El acceso a cada escala se realiza por procesos selectivos diferenciados, con requisitos de titulación propios. La promoción interna permite a los miembros de una escala inferior acceder a la superior mediante pruebas específicas y requisitos de antigüedad y méritos.

Datos clave

  • Cuatro escalas: Superior, Ejecutiva, Subinspección y Básica
  • Escala Superior: máximo nivel de mando
  • Escala Ejecutiva: Inspectores e Inspectores Jefe
  • Escala de Subinspección: Subinspectores
  • Escala Básica: Policías y Oficiales de Policía
  • La promoción interna permite el ascenso entre escalas

Categorías profesionales dentro de cada escala

Dentro de cada escala existen distintas categorías profesionales que configuran la carrera policial. En la Escala Superior encontramos las categorías de Comisario General, Comisario Principal, Comisario y Subcomisario. En la Escala Ejecutiva se incluyen el Inspector Jefe y el Inspector.

La Escala de Subinspección comprende únicamente la categoría de Subinspector. La Escala Básica, la más numerosa, está formada por el Oficial de Policía y el Policía, siendo esta última la categoría de ingreso al cuerpo para los nuevos agentes que superan el proceso selectivo y el período de formación en el Centro de Formación Policial.

El ascenso dentro de cada escala se produce por antigüedad, méritos, evaluación del desempeño y superación de los cursos de capacitación establecidos. La carrera profesional en la Policía Nacional contempla tanto la progresión vertical (ascenso de categoría) como el desarrollo horizontal (especialización y destinos).

Datos clave

  • Escala Superior: Comisario General, Comisario Principal, Comisario, Subcomisario
  • Escala Ejecutiva: Inspector Jefe e Inspector
  • Escala de Subinspección: Subinspector
  • Escala Básica: Oficial de Policía y Policía
  • El Policía es la categoría de ingreso al cuerpo
  • El ascenso se produce por antigüedad, méritos y cursos de capacitación

Funciones del Cuerpo Nacional de Policía

La Ley Orgánica 2/1986 establece las funciones que corresponden en exclusiva al Cuerpo Nacional de Policía, al Cuerpo de la Guardia Civil o que son compartidas entre ambos. Son funciones exclusivas de la Policía Nacional: la expedición del Documento Nacional de Identidad y los pasaportes, el control de entrada y salida del territorio nacional, las materias de extranjería e inmigración, la vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa sobre juego y espectáculos, y la colaboración y apoyo a las Policías de otros países.

Son también competencias exclusivas de la Policía Nacional la investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga, la persecución del terrorismo y la protección de altos cargos de las instituciones del Estado. En materia de seguridad ciudadana, la Policía Nacional actúa principalmente en los núcleos urbanos con población superior a los 20.000 habitantes, aunque la normativa permite excepciones.

Las funciones compartidas con la Guardia Civil incluyen la seguridad en vías de comunicación, la colaboración en protección civil y la actuación conjunta en operaciones de gran escala que requieran el despliegue coordinado de ambas fuerzas.

Datos clave

  • LO 2/1986: regula las funciones exclusivas y compartidas de la Policía Nacional
  • Exclusivas: DNI, pasaportes, extranjería, control de fronteras
  • Exclusivas: investigación de terrorismo y narcotráfico, protección de altos cargos
  • Policía Nacional actúa en núcleos urbanos (regla general: más de 20.000 habitantes)
  • Competencias compartidas con la Guardia Civil: vías de comunicación, protección civil
  • Colaboración internacional con Policías de otros países

La formación policial y el acceso a la Escala Básica

El acceso a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía se realiza mediante convocatoria pública, en cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Los aspirantes deben superar un proceso selectivo que incluye pruebas físicas, psicotécnicas, médicas y de conocimientos teóricos, además de un período de formación en el Centro de Formación de la Policía Nacional.

Los requisitos para participar en las convocatorias de la Escala Básica incluyen: tener nacionalidad española, haber cumplido 18 años y no superar la edad máxima establecida en la convocatoria, tener una estatura mínima que se fija reglamentariamente, estar en posesión del título de Bachillerato, Técnico de Formación Profesional o equivalente, y no haber sido condenado por delito doloso ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

El período de formación en el Centro de Formación Policial es fundamental para la adquisición de las habilidades técnicas, jurídicas y operativas necesarias para el ejercicio de la función policial. La superación de este período conduce al nombramiento como Policía Nacional con todos los derechos y deberes propios de su condición.

Datos clave

  • Acceso a Escala Básica: proceso selectivo por convocatoria pública
  • Requisitos: nacionalidad española, edad (18 años mínimo), bachillerato o FP
  • Estatura mínima fijada reglamentariamente en cada convocatoria
  • No haber sido condenado por delito doloso
  • Formación en el Centro de Formación de la Policía Nacional (Ávila)
  • La superación del período de formación conduce al nombramiento como Policía

El régimen disciplinario y deontológico policial

El personal del Cuerpo Nacional de Policía está sujeto a un régimen disciplinario específico regulado por la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Este régimen tiene en cuenta la naturaleza policial de las funciones que se desempeñan y la especial responsabilidad que comporta el ejercicio de la autoridad y el uso de medios coercitivos.

Las faltas disciplinarias se clasifican en muy graves, graves y leves. Las sanciones van desde el apercibimiento para las faltas leves hasta la separación del servicio para las muy graves. Se regula también el procedimiento disciplinario, con garantías de audiencia, defensa y contradicción para el expedientado.

El código deontológico policial establece los principios éticos que deben guiar la conducta de los miembros del cuerpo: legalidad, proporcionalidad, respeto a los derechos humanos, integridad, honestidad y servicio a los ciudadanos. El incumplimiento de estos principios puede dar lugar tanto a responsabilidad disciplinaria como penal o civil.

Datos clave

  • LO 4/2010, de 20 de mayo: Régimen Disciplinario del CNP
  • Faltas: muy graves, graves y leves
  • Sanción máxima: separación del servicio
  • Sanción mínima: apercibimiento
  • El procedimiento disciplinario garantiza la audiencia y defensa del expedientado
  • El código deontológico incluye: legalidad, proporcionalidad y respeto a los derechos humanos